1497-1498: Resumen de lo tratado (y 8): El n.1497 nos recuerda que la confesión individual e íntegra de los pecados graves es el único medio ordinario para la reconciliación con Dios y con la Iglesia. Finalmente, el n. 1498 sintetiza el sentido de las indulgencias pa ra la remisión de las penas temporales del pecado.- Vida de S. Juan de la Cruz (y 72).
Indulgencias
RETORNO JOVEN A LA FE – CÓMO OBTENER LAS INDULGENCIAS DEL JUBILEO:
1.) El signo de la apertura de la puerta santa;
2.) ¿Vuelven los jóvenes a las iglesias? Comentario al artículo en el diario EL ESPAÑOL;
3.) Cómo obtener indulgencias en el Jubileo 2025;
4.) Respuestas a las preguntas de los oyentes.
Las indulgencias plenarias: Explicamos las condiciones generales para ganar una indulgencia plenaria, y señalamos algunas de las obras que la Iglesia enriquece con la misma.- Vida de S. Juan de la Cruz (60).
Indulgencias plenarias y parciales según la "Indulgentiarum Doctrina": Vemos cómo la Constitución Apostólica "Indulgentiarum Doctrina" de S. Pablo VI expone la medida de la remisión de la pena temporal que el fiel puede obtener con la indulgencia parcial, así como las condiciones de la indulgencia plenaria, la más difícil de las cuales es “la exclusión de todo afecto a cualquier pecado, incluso venial”.- Vida de S. Juan de la Cruz (58).
Actitud ante las indulgencias. Las indulgencias parciales: Basados en Constitución Apostólica "Indulgentiarum Doctrina" de S. Pablo VI, hablamos de la actitud adecuada del fiel cristiano ante este regalo de la Misericordia del Señor y de su Iglesia. Y resumimos las concesiones generales de indulgencias parciales recogidas en el "Enchiridion Indulgentiarum".- Vida de S. Juan de la Cruz (59)
1478-1479 (cont.): La Constitución "Indulgentiarum Doctrina": Vemos cómo la Constitución Apostólica "Indulgentiarum Doctrina" que S. Pablo VI promulgó el 1-1-1967, sintetiza la enseñanza de la Iglesia sobre las indulgencias, comenzando por una especie de definición de las mismas, que relacionamos con lo expuesto en programas anteriores.- Vida de S. Juan de la Cruz (57).
1478-1479 (cont.): Explicaciones teológicas de la eficacia de las indulgencias: Resumimos las tres principales teorías que buscan explicar la naturaleza de las indulgencias en favor de los vivos: la absolución jurídica con la que la Iglesia perdona directamente la pena temporal; el “pago” que realiza la Iglesia de la pena debida ante Dios, basada en la dispensación del “tesoro espiritual” de satisfacciones de Cristo y los santos; la plegaria de intercesión de la Iglesia pidiendo a Dios, a modo de sufragio, en consideración a ese mismo tesoro, que perdone una parte o toda la pena temporal que le queda por satisfacer a un determinado fiel. No se discute que esta última teoría es la única válida de cara a las indulgencias en favor de los difuntos.- Vida de S. Juan de la Cruz (56).
1477 (cont.): Papel de la Stma. Virgen María y los santos en el “tesoro de la Iglesia”: Profundizamos en el n. 1477 (con el marginal 969 y la "Indulgentiarum Doctrina", 5), que nos explica cómo los méritos de María y los santos son parte del tesoro del que la Iglesia dispone para las indulgencias.- Vida de S. Juan de la Cruz (53).
1473 (cont.) -1474: Reliquias del pecado y pena temporal. La comunión de los santos: Concluimos la explicación de las penas temporales del pecado, y pasamos al n. 1474 (con el marginal 795), que expone otro fundamento de las indulgencias, la doctrina sobre la comunión de los santos.- Vida de S. Juan de la Cruz (51).
1478 (cont.)-1479: Evolución histórica de las indulgencias: Resumimos el desarrollo de la práctica y doctrina de las indulgencias, que nos permite entender lo que nos enseña el n. 1478 al decirnos que se obtienen por la autoridad de la Iglesia, que abre a un cristiano el tesoro de los méritos de Cristo y de los santos para obtener del Padre misericordioso la remisión de las penas temporales debidas por sus pecados, a la vez que quiere impulsar al fiel a hacer a obras de piedad, penitencia y caridad. Por su parte, el n. 1479 nos enseña que también podemos ayudar a los fieles difuntos, ofreciendo por ellos las indulgencias.- Vida de S. Juan de la Cruz (55).
1478: El poder de atar y desatar de la Iglesia: El n. 1478 (con el marginal 981) expone un tercer fundamento de las indulgencias, la autoridad que la Iglesia recibió de Cristo para “atar y desatar”, por la que puede abrir a un cristiano el tesoro de los méritos de Cristo, María y los santos para obtener del Padre la remisión de las penas temporales debidas por sus pecados. Comenzamos a resumir la evolución histórica de las indulgencias, que nos permite entender el sentido de las medidas temporales (“x días, meses o años”) de las antiguas indulgencias.- Vida de S. Juan de la Cruz (54).
1475-1477: Vínculo de amor e intercambio de bienes espirituales en el Cuerpo Místico: El n. 1475 nos enseña que, por la comunión de los santos, el pecador contrito puede estar antes y más eficazmente purificado de las penas del pecado. Los nn. 1476-1477 (con el marginal 617) explican este intercambio de bienes por el tesoro de la Iglesia, constituido por el valor infinito de los méritos de Cristo, así como por las oraciones y buenas obras de la Stma. Virgen María y de todos los santos.- Vida de S. Juan de la Cruz (52).
1497-1498: Resumen de lo tratado (y 8): El n.1497 nos recuerda que la confesión individual e íntegra de los pecados graves es el único medio ordinario para la reconciliación con Dios y con la Iglesia. Finalmente, el n. 1498 sintetiza el sentido de las indulgencias pa ra la remisión de las penas temporales del pecado.- Vida de S. Juan de la Cruz (y 72).
RETORNO JOVEN A LA FE – CÓMO OBTENER LAS INDULGENCIAS DEL JUBILEO:
1.) El signo de la apertura de la puerta santa;
2.) ¿Vuelven los jóvenes a las iglesias? Comentario al artículo en el diario EL ESPAÑOL;
3.) Cómo obtener indulgencias en el Jubileo 2025;
4.) Respuestas a las preguntas de los oyentes.
Las indulgencias plenarias: Explicamos las condiciones generales para ganar una indulgencia plenaria, y señalamos algunas de las obras que la Iglesia enriquece con la misma.- Vida de S. Juan de la Cruz (60).
Indulgencias plenarias y parciales según la "Indulgentiarum Doctrina": Vemos cómo la Constitución Apostólica "Indulgentiarum Doctrina" de S. Pablo VI expone la medida de la remisión de la pena temporal que el fiel puede obtener con la indulgencia parcial, así como las condiciones de la indulgencia plenaria, la más difícil de las cuales es “la exclusión de todo afecto a cualquier pecado, incluso venial”.- Vida de S. Juan de la Cruz (58).
Actitud ante las indulgencias. Las indulgencias parciales: Basados en Constitución Apostólica "Indulgentiarum Doctrina" de S. Pablo VI, hablamos de la actitud adecuada del fiel cristiano ante este regalo de la Misericordia del Señor y de su Iglesia. Y resumimos las concesiones generales de indulgencias parciales recogidas en el "Enchiridion Indulgentiarum".- Vida de S. Juan de la Cruz (59)
1478-1479 (cont.): La Constitución "Indulgentiarum Doctrina": Vemos cómo la Constitución Apostólica "Indulgentiarum Doctrina" que S. Pablo VI promulgó el 1-1-1967, sintetiza la enseñanza de la Iglesia sobre las indulgencias, comenzando por una especie de definición de las mismas, que relacionamos con lo expuesto en programas anteriores.- Vida de S. Juan de la Cruz (57).
1478-1479 (cont.): Explicaciones teológicas de la eficacia de las indulgencias: Resumimos las tres principales teorías que buscan explicar la naturaleza de las indulgencias en favor de los vivos: la absolución jurídica con la que la Iglesia perdona directamente la pena temporal; el “pago” que realiza la Iglesia de la pena debida ante Dios, basada en la dispensación del “tesoro espiritual” de satisfacciones de Cristo y los santos; la plegaria de intercesión de la Iglesia pidiendo a Dios, a modo de sufragio, en consideración a ese mismo tesoro, que perdone una parte o toda la pena temporal que le queda por satisfacer a un determinado fiel. No se discute que esta última teoría es la única válida de cara a las indulgencias en favor de los difuntos.- Vida de S. Juan de la Cruz (56).
1477 (cont.): Papel de la Stma. Virgen María y los santos en el “tesoro de la Iglesia”: Profundizamos en el n. 1477 (con el marginal 969 y la "Indulgentiarum Doctrina", 5), que nos explica cómo los méritos de María y los santos son parte del tesoro del que la Iglesia dispone para las indulgencias.- Vida de S. Juan de la Cruz (53).
1473 (cont.) -1474: Reliquias del pecado y pena temporal. La comunión de los santos: Concluimos la explicación de las penas temporales del pecado, y pasamos al n. 1474 (con el marginal 795), que expone otro fundamento de las indulgencias, la doctrina sobre la comunión de los santos.- Vida de S. Juan de la Cruz (51).
1478 (cont.)-1479: Evolución histórica de las indulgencias: Resumimos el desarrollo de la práctica y doctrina de las indulgencias, que nos permite entender lo que nos enseña el n. 1478 al decirnos que se obtienen por la autoridad de la Iglesia, que abre a un cristiano el tesoro de los méritos de Cristo y de los santos para obtener del Padre misericordioso la remisión de las penas temporales debidas por sus pecados, a la vez que quiere impulsar al fiel a hacer a obras de piedad, penitencia y caridad. Por su parte, el n. 1479 nos enseña que también podemos ayudar a los fieles difuntos, ofreciendo por ellos las indulgencias.- Vida de S. Juan de la Cruz (55).
1478: El poder de atar y desatar de la Iglesia: El n. 1478 (con el marginal 981) expone un tercer fundamento de las indulgencias, la autoridad que la Iglesia recibió de Cristo para “atar y desatar”, por la que puede abrir a un cristiano el tesoro de los méritos de Cristo, María y los santos para obtener del Padre la remisión de las penas temporales debidas por sus pecados. Comenzamos a resumir la evolución histórica de las indulgencias, que nos permite entender el sentido de las medidas temporales (“x días, meses o años”) de las antiguas indulgencias.- Vida de S. Juan de la Cruz (54).
1475-1477: Vínculo de amor e intercambio de bienes espirituales en el Cuerpo Místico: El n. 1475 nos enseña que, por la comunión de los santos, el pecador contrito puede estar antes y más eficazmente purificado de las penas del pecado. Los nn. 1476-1477 (con el marginal 617) explican este intercambio de bienes por el tesoro de la Iglesia, constituido por el valor infinito de los méritos de Cristo, así como por las oraciones y buenas obras de la Stma. Virgen María y de todos los santos.- Vida de S. Juan de la Cruz (52).