Preceptos de la Iglesia

Catecismo de la Iglesia Católica (reposición) 05/09/08

Catecismo de la Iglesia Católica (reposición) 05/09/08

Punto 2181 del Catecismo: La obligación del domingo. La Eucaristía del domingo fundamenta y confirma toda la práctica cristiana. Por eso los fieles están obligados a participar en la Eucaristía los días de precepto, a no ser que estén excusados por una razón seria (por ejemplo, enfermedad, el cuidado de niños pequeños) o dispensados por su pastor propio (cf CIC can. 1245). Los que deliberadamente faltan a esta obligación cometen un pecado grave".
Catecismo de la Iglesia Católica (reposición) 04/09/08

Catecismo de la Iglesia Católica (reposición) 04/09/08

Punto 2180 del Catecismo: La obligación del domingo. El mandamiento de la Iglesia determina y precisa la ley del Señor: “El domingo y las demás fiestas de precepto los fieles tienen obligación de participar en la misa” (CIC can. 1247). “Cumple el precepto de participar en la misa quien asiste a ella, dondequiera que se celebre en un rito católico, tanto el día de la fiesta como el día anterior por la tarde” (CIC can. 1248, §1).
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Catecismo de la Iglesia Católica (reposición) 05/09/08

Punto 2181 del Catecismo: La obligación del domingo. La Eucaristía del domingo fundamenta y confirma toda la práctica cristiana. Por eso los fieles están obligados a participar en la Eucaristía los días de precepto, a no ser que estén excusados por una razón seria (por ejemplo, enfermedad, el cuidado de niños pequeños) o dispensados por su pastor propio (cf CIC can. 1245). Los que deliberadamente faltan a esta obligación cometen un pecado grave".
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Punto 2180 del Catecismo: La obligación del domingo. El mandamiento de la Iglesia determina y precisa la ley del Señor: “El domingo y las demás fiestas de precepto los fieles tienen obligación de participar en la misa” (CIC can. 1247). “Cumple el precepto de participar en la misa quien asiste a ella, dondequiera que se celebre en un rito católico, tanto el día de la fiesta como el día anterior por la tarde” (CIC can. 1248, §1).
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