El P. Antonio López explica la pregunta 471 del Compendio del Catecismo. *¿Qué tratamientos médicos se permiten cuando la muerte se considera inminente? "Los cuidados que se deben de ordinario a una persona enferma no pueden ser legítimamente interrumpidos; son legítimos, sin embargo, el uso de analgésicos, no destinados a causar la muerte, y la renuncia al «encarnizamiento terapéutico», esto es, a la utilización de tratamientos médicos desproporcionados y sin esperanza razonable de resultado positivo."